Cómo el Tribunal Supremo y los tribunales españoles protegen el derecho de los hijos a mantener el contacto con ambos progenitores
En los últimos años, el Tribunal Supremo y numerosas Audiencias Provinciales y Tribunales Superiores de Justicia han establecido jurisprudencia clara en un tema tan sensible como la custodia de menores y el régimen de visitas en casos de violencia de género. Como despacho especializado en derecho de familia en Madrid, en María Girona Abogados consideramos fundamental que tanto abogados como afectados conozcan estas resoluciones para defender adecuadamente los derechos de los menores y de los progenitores.
El criterio del Tribunal Supremo: No a la privación automática del contacto
El Tribunal Supremo ha sido contundente: la existencia de una denuncia o incluso una condena por violencia de género no justifica de forma automática la suspensión del régimen de visitas o la custodia compartida. En sentencias como la 185/2020, el alto tribunal subraya que cada caso debe analizarse de manera individualizada, valorando si existen riesgos reales para los menores o si, por el contrario, la medida restrictiva carece de fundamento objetivo.
Esta postura refleja un equilibrio entre la protección de las víctimas de violencia de género y el interés superior del menor, que incluye el derecho a mantener una relación estable con ambos progenitores, siempre que sea seguro.
Resoluciones clave de Audiencias Provinciales y TSJ
Diversas Audiencias Provinciales (como la de Barcelona, Sevilla o Valencia) y Tribunales Superiores de Justicia(entre ellos, el TSJ de Madrid y Cataluña) han seguido esta línea. Por ejemplo:
– Se han anulado órdenes de alejamiento genéricas que impedían el contacto padre-hijos sin pruebas concretas de peligro.
– Se ha exigido a los jueces valorar informes psicosociales y pruebas periciales antes de limitar custodias.
– Se ha destacado que una condena por violencia de género no implica, *per se*, incapacidad para ejercer la parentalidad.
Cómo defender estos derechos en juicio
Para evitar restricciones injustificadas en el régimen de visitas o custodia, es crucial:
1. Alegar jurisprudencia reciente: Citando sentencias del TS y tribunales autonómicos que respaldan la necesidad de un análisis caso por caso.
2. Presentar pruebas concretas: Demostrar que no existe riesgo para los menores (informes psicológicos, testigos, etc.).
3. Priorizar el interés del menor: Argumentar cómo la relación con ambos progenitores beneficia su desarrollo emocional.
María Girona Abogados: Especialistas en custodia compartida y violencia de género
En nuestro despacho de Madrid, combinamos la experiencia en derecho de familia con un enfoque actualizado de la jurisprudencia. Sabemos que estos casos requieren sensibilidad, pero también firmeza para evitar decisiones judiciales basadas en prejuicios o automatismos.
– Asesoramiento integral: Desde la fase de denuncia hasta la ejecución de sentencias.
– Defensa técnica: Utilizando resoluciones clave para proteger sus derechos y los de sus hijos.
– Mediación y negociación: Buscando soluciones consensuadas que eviten conflictos prolongados.
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¿Necesita ayuda en un caso de custodia o régimen de visitas?
En María Girona Abogados estamos comprometidos con la justicia y el bienestar de las familias. Si enfrenta una situación compleja relacionada con violencia de género o custodia compartida, contacte con nosotros en Madrid.

